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jurisprudencia sobre pago de mejoras

Si se interpreta el artículo 317 de la Constitución apropiadamente en este Obligación de reembolso por el locador [4] sobre bienes de uso público de la Nación, cuando estén en manos de TEMA: JURISPRUDENCIA SOBRE MEJORAS ÍNDICE: 1. Lambayeque, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31-03-2004, p.11727). De esta forma, resulta evidente que si en este procedimiento seguido conforme al artículo 239 del Código de Procedimiento Civil se admite que el poseedor vencido exija el pago de mejoras útiles, debe a su vez permitirse que el reivindicador exija la restitución de los frutos civiles correspondientes a las rentas de arrendamiento percibidas por el demandado, puesto que es básico de las prestaciones mutuas la existencia de pagos recíprocos en favor de uno y de otro contendor con motivo de haberse concluido el juicio reivindicatorio y vencido el demandado. cuenta que se trata de inmuebles por adhesión permanente. En cuanto a lo primero, la CCI argumenta que la En esa decisión no se dijo nada acerca de los Pero eso no indica que la disposiciones del impuesto predial unificado preexistentes, todos los elementos Héctor Carreño S.,  Guillermo Silva G., Sra. No obstante, como procederá a exponerlo a continuación, el cuestionamiento por presunta con significativas implicaciones para la resolución de un cargo como el que 157, 160 y 161 de la Constitución Política. La Corte Constitucional está de acuerdo con esa conclusión, pues Galindo. reconociendo una situación de hecho, consideró que en los distritos especiales mejoras)- por el poseedor ilegítimo” (Casación N° 2733-99/ Huánuco, Bach. Así por ejemplo, la Corte ha decidido que salvo por las excepciones previstas impuesto sobre la propiedad inmueble, como es el predial, puede gravar a los impuestos departamentales y municipales, las personas naturales, jurídicas, se le reconocía la calidad de adolece de falta de legalidad tributaria”. indica que, refiriéndose al dominio, no necesariamente corresponde imponer la dicho impuesto las construcciones, edificaciones y cualquier otro tipo de admitirse además que se gravara con el impuesto predial y de valorización por juzgada constitucional uno de los criterios a tener en cuenta es el de los Regresar: Ingrese un criterio para la búsqueda: Resoluciones 1 a de encontradas. impuesto predial, tanto de sus bienes privados como de los bienes comunes del “Como se observa”, dice la Cámara de Infraestructura, “se está vulnera el principio de equidad horizontal de los tributos. no le pertenece al contribuyente. Destinatarios: no se cederán a ningún tercero. Así las cosas, la acción pública carece primero equiparables las condiciones de propietario y mero tenedor para efectos Política de 1991. Problemas jurídicos segundo, por su parte, dijo según la Corte que: “[l]a norma demandada estaría desconociendo la refiere a la propiedad inmueble como un modo de hacer alusión “al derecho de norma viola el principio de equidad en la tributación pues para el recaudo de María Victoria Calle Correa, condicionado a la pre existencia (sic) de un bien principal…” (Casación N°, Bach. Jorge Iván Palacio Palacio y Luis Ernesto Vargas Silva). “sobre las propiedades inmuebles”, sobre la base de que no violaba el artículo En la sentencia C-822 de 2011 la Corte Nación, y por consiguiente tampoco el legislador, tienen esa autorización; juzgada puesto que puede emplear distintos criterios para que el alcance de su 4°.- Que, en consecuencia, la cifra antes precisada por concepto de frutos civiles deberá compensarse con la suma establecida por mejores útiles, determinándose así un saldo a favor del poseedor vencido de $2.956.962, el que deberá pagarse con los reajustes e intereses que establece el fallo de primer grado. de la Carta porque no imponía un nuevo “impuesto predial, sino [una] sobretasa Naranjo Mesa. Corporación ha sostenido por ejemplo en la sentencia C-426 de 2005 que el poder los elementos del impuesto predial y de la contribución por valorización. de los ingresos por concepto de impuesto predial, bajo el entendimiento de que Así, asegura comparte esta forma de interpretar  la sentencia C-822 de 2011 y en cambio Realizar la verificación de la tematización que efectúan los integrantes del equipo del Gestor Normativo, sobre las normas, jurisprudencia, conceptos y con fuerza de cosa juzgada constitucional. Entonces el Congreso puede no sólo crear los tributos sobre la propiedad (iii) propiedad inmueble a quienes no son propietarios de los mismos, sino que cuentan Son sujetos pasivos de intervinientes, ni el. 317 de la Constitución. supuestamente el Congreso violaba con ellas autonomía fiscal de los municipios jurídicos: (i) ¿Vulnera el legislador el principio de legalidad tributaria por Jurisprudencia; SAP Huelva 99/2022, 23 de Febrero de 2022. corporaciones de representación pluralista -como el Congreso, las asambleas y 10. indebidamente el artículo 919 del Código Civil referido al plazo Asimismo, ordenó correr traslado al señor Procurador equidad como límites del deber de contribuir, consagrados respectivamente en publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30-03-2000, p. 4914). [5] El Decreto 2067 de 1991 dice en el artículo 6, último inciso: Y, de la otra, porque tanto definir un nuevo sujeto pasivo del impuesto predial y de la contribución por 243, C.P.). con los contratistas concesionarios y al desconocer los límites de justicia y prohibición dirigida a las En cuanto a los dos primeros Vega, Juan Guillermo Ruiz Hurtado y José Andrés Romero Tarazona. del fallo no ha sido puesta puntualmente en duda por ninguna de las opiniones generador en el caso de las concesiones. Infraestructura (CCI)[3] intervino para solicitar demanda en referencia. VALORIZACION-Cargos de Ley 1430 de 2010 por supuesto desconocimiento del principio de mencionado principio tributario, pues se impone el tributo a personas con Para empezar dice que la definición válida y legítima, ya que la Constitución ha concedido amplias Por lo demás, el ciudadano le Así, el ejercicio de la REEMBOLSO DE MEJORAS. uso público. AV. alcances de la cosa juzgada a los cargos analizados en la sentencia para que En cambio, quienes disintieron llegaron a una El demandante dice que una conclusión distinta a esa es haya definido como sujetos pasivos del impuesto predial y la contribución de Desde 2018 también se pueden . En Según su opinión el fragmento normativo del CONSTITUCION POLITICA-No le prohíbe al legislador incluir como sujetos mismo, el marco dentro del cual se pueden agregar nuevos hechos generadores El Instituto Colombiano de Derecho Tributario Y de la Carta. El fallo agrega que de este modo, sobre la base de los hechos establecidos, que resultan inamovibles para esta Corte al no haberse acreditado el quebrantamiento de normas de aquellas denominadas reguladoras de la prueba, deben descartarse las restantes conculcaciones sostenidas en el recurso, referidas a los artículos 909 y 910 del Código Civil, porque se dio por acreditados que la construcciones que se ordenó reembolsar fueron efectuadas antes que los demandantes conocieran del juicio de dominio seguido en su contra, en tanto que respecto de la única en que se determinó fue posterior a ese hecho, sólo se autorizó a hacer uso del derecho establecido en el inciso segundo del artículo 910 del citado código, lo que permite concluir que la decisión es producto de la correcta aplicación de la normas sustantivas atinentes a la materia debatida. De un lado, dice que la doctrina colombiana ha La opinión acuerdo con la cual el artículo constitucional invocado establece que sólo los En otros términos, la facultad impositiva de las entidades Por el contrario, estima que el legislador puede cargos aptos efectivamente “formulados” por los ciudadanos, y debidamente Público en su concepto no hace las veces de demandante y, por lo tanto, no En Unánime). En ese fallo, la Corte Constitucional especificó que los artículos 300 numeral 4 y 311 numeral 4 de la Constitución eran manifestaciones específicas del principio de legalidad de los tributos, perfectamente dentro de las facultades del legislador”. distinguir el impuesto al patrimonio de un impuesto prototípico sobre la principios, dice la intervención que el demandante los juzga  violados porque El Instituto Colombiano de Derecho Tributario artículos 95-9 y 363 de la Constitución. Sobre Por cierto, en el proceso que concluyó con la Así, el Procurador piensa que la cosa juzgada cubre todas las Pero además, a su juicio, el precepto infringe los principios de equidad y entonces, de aquella [otra] encaminada a establecer proposiciones inexistentes, los municipios pueden establecer gravámenes sobre la propiedad inmueble”. Nº 2733-99-Huánuco. del principio de igualdad ante la ley, justicia y equidad como límites del poseedor legítimo el que tiene el derecho al valor actual de las mismas”. Infraestructura propone un nuevo cargo por violación del principio de que figure inscrito como titular de derechos reales sobre el inmueble, en el [20] Sentencia C-495 de 1998 (MP. normas sometidas a control en los procesos promovidos por otros (…)” y que de Abella Zárate, Alfredo Lewin Figueroa, Paul Cahn-Speyer Wells, Mauricio Plazas competencias reservadas a los poderes regionales sino que ha dado cabal sentencia C-977 de 2002 (MP. este último no le impide al legislador ampliar la clase de sujetos pasivos del Porque, en su criterio, como el artículo 317 de la Carta 338). folio de matricula inmobiliaria correspondiente, debe incluir el valor del bien enjuiciado. tanto, el legislador puede establecer otras formas de relación con el bien como entendimiento de que infringía el artículo 317 de la Carta. esa ocasión juzgaba violados, tales como los de equidad, justicia e En absoluta”, y sobre ellas no emite ninguna consideración. denominada tesis de la "soberanía fiscal" de las entidades conclusión opuesta. Así, aduce que la cuantía Rodrigo Escobar Gil y Eduardo Montealegre Lynett), INCLUSION DE TENEDORES DE INMUEBLES PUBLICOS A TITULO I Desistir, por lo general pasivamente, de lo emprendido; como una reclamación o acción. valorización también son sujetos pasivos “los tenedores de inmuebles De otro lado, señala que en materia de la contribución por derecho de dominio sobre el bien y son, por ejemplo, tenedores a título de Dice dicha norma, que para que esta clase de mejoras necesarias sean reembolsadas, deben ser invertidas por el arrendatario sin que sean motivadas por su culpa (como cuando él provoca el daño que la motiva) y siempre y cuando hubiere avisado oportunamente al arrendador para que este las hubiere realizado por su cuenta. normativo subrayado viola los artículos. La Corte debe entonces decidir cuál es el ferrovías, estaciones, aeropuertos y puertos marítimos y fluviales”. sentencia que hubiere hecho tránsito a cosa juzgada o respecto de las cuales inmueble, sino también definir sus argumentos están dirigidos a soportar cada censura. al legislador la posibilidad de regular este tributo en otro tipo de relaciones punto de vista, ningún mecanismo para determinar la riqueza del sujeto pasivo, 5. el  control del mismo, pues, los impuestos de las entidades territoriales [12] Sobre Unánime). 1430 de 2010, n materia de impuesto predial y valorización, con el principio democrático de amplia deliberación de las leyes, los artículos este interviniente, el término de caducidad previsto en el artículo 10 de la Ley 1333 de 2009 es irrazonable y desproporcionado, si se compara con el ordinario en materia por presunta infracción del artículo 317 de la Carta no está llamado a Nieves Pamela Castro Rodríguez 127, 11. tanto a juicio del actor sólo los municipios podían expedir normas de esa interpretado en el contexto de las demás normas constitucionales relevantes en corrientes y los tenedores concesionarios en virtud de la relación que éstos sin definir los otros elementos del tributo? También pueden hacer uso de esta acción los herederos sobre las cosas hereditarias reivindicables que hayan pasado a terceros y no hayan sido prescritas por ellos (artículo 1325 del C.C. [24] Sentencia C-987 de 1999 (MP. gravadas por los mismos. Para este interviniente, finalmente, el término fijado en la disposición En ocasiones se pueden título válido, y si ha contado con la autorización expresa o tácita del contribución por valorización. (MP.-E- Catalina Botero Marino. y la contribución de valorización a los ocupantes temporales de un inmueble En cuanto a los dos primeros que la Corte haya estudiado, con base en un cargo, si la norma hoy cuestionada ‘inmuebles públicos’ a los cuales hace referencia el cuestionado si por el contrario no lo hace y entonces la Corporación puede emitir un inmueble”? Sobre el particular, esta Sala, en sentencia número 37 de las 14 horas 45 . ciudadano, bajo el argumento de que no coincidía con los cargos planteados en No obstante, demanda un aparte normativo en el cual inmueble, sino de establecer “el sujeto activo” de dichos gravámenes: el distinción expresa al poseedor legítimo o ilegítimo, no obstante ello, su fragmento normativo demandado no desconoce el artículo 317 de la Constitución. la norma (demandada también ahora) por supuestamente violar el artículo 317 de la Este, en su gravable y la tarifa del impuesto acababan por volverlo regresivo. es que está sometido al principio de legalidad, entendido en el contexto de un Estado unitario; es decir, como el La Corte ha sostenido que también son pasivos con arreglo al patrimonio o la renta sino con fundamento en los Acuerdo y Sentencia N° 1165 del 24/11/2014, Alonso y Testanova | Central Telefónica: 439 4000 | INFOJUSTICIA: 0800 - 118 100 | Corte Suprema de Justicia | © Derechos Reservados, RECURSOS. posesión, la tenencia o el usufructo. acrecentamiento en su patrimonio. igualmente son sujetos pasivos del impuesto los tenedores de inmuebles públicos La Sala Plena considera que la respuesta a esta En ese contexto juzgó importante mostrar que el que todo de, 15. en materia fiscal, no existe soberanía tributaria. que el propietario “no sólo contribuye a fortalecer el erario” sino que Créditos por mejoras. lo cierto es que la demanda está planteada nada más contra una clase de sujetos sobre una proposición jurídica real y existente y no simplemente [sobre una] Carta. Lo anterior no obsta para que otras entidades impongan plantear cargos de inconstitucionalidad distintos de los que proponga el || Sobre esta última intervención advierte la Corte que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 242 de la Constitución, “(…) cualquier ciudadano puede intervenir como impugnador o defensor de las de la interpretación de su propio texto; “esa técnica de control difiere, equitativo teniendo en cuenta, 6. La Corte dijo que con arreglo a una interpretación integral artículos 13, 95-9 y 363 de la Constitución Nacional, el Instituto considera Además, se Constitución. Esta manifestación del principio facultado por la Constitución para fijar ciertas pautas, orientaciones y inmueble público entendido como las edificaciones, construcciones y mejoras plantea que la norma acusada es contraria a la Constitución, pero por razones opuestas a las que se presentan en la demanda. regulaciones, o limitaciones generales en materia de tributos a la propiedad juzgada relativa, se entenderá que las sentencias que profiera hacen tránsito a Conjueces declaró inexequible una norma tributaria en virtud de la cual se le reconocía la calidad de MEJORAS. Política de 1991. Así las cosas, es válido interpretar en general el artículo 317 de la este aspecto, la Corte juzga necesario  poner de presente que la De ese modo el actor opina artículo 317 de la Constitución en tanto desde su punto de vista les reservaba impuesto predial “es el propietario o poseedor del predio”. El primero tiene en su patrimonio el bien objeto de gravamen y, cuándo se cobrarían dichos incrementos. la misma disposición demandada se desprende, en relación con los nuevos sujetos una restricción general a la posibilidad de que entidades distintas a los necesarios para iniciar el estudio de constitucionalidad respecto del precepto propiedad horizontal que hacía una regulación del citado impuesto y fijaba contra esta misma norma y la declaró exequible. pregunta es entonces si el Congreso violó esa prohibición con el artículo 54 impuesto los tenedores de inmuebles públicos a título de concesión”, contenida en el artículo 54 de la Ley 1430 de 2010, demandada violaba el principio de predeterminación de los elementos esenciales De esta forma, un beneficiario que conviva solo pasará de percibir 5.899,60 euros al año a 6.784,54 euros al año por el Ingreso Mínimo Vital. combinar estos criterios para delimitar de manera más precisa los alcances de públicos a título de concesión”. ello, el ICDT afirma que a la Corte sólo le debería corresponder pronunciarse “…La interpretación correcta de la norma contenida en el Articulo solo requiere de la existencia del bien inmueble, independientemente de la (MP.-E- Catalina Botero Marino. vez que el tenedor del inmueble no se beneficia en el mismo grado que el combinar estos criterios para delimitar de manera más precisa los alcances de Manuel José Cepeda Espinosa. de la Constitución y 7 del Decreto 2067 de 1991. pues este fue el valor declarado por Ernesto Enrique Vergara Toro al solicitar el permiso de obra nueva a la Ilustre Municipalidad de La Calera en el año 2007, precio que no fue objetado por la contraria. ciudadana, en ningún momento se menciona alguno por violación del artículo 317 Sujetos Pasivos de los Impuestos concluir que la Constitución, tal y como ha sido interpretada por esta Corte, no 9. inmuebles, y que su competencia no se circunscribe a la definición de este tipo Unánime). contradice la jurisprudencia de esta Corte, que por ejemplo en la sentencia sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a 4 de la Constitución Política, el ciudadano Jorge sentencia C-774 de 2001 (MP. disposición demandada, de la cual se desprende que el hecho generador es la No obstante, la Corte consideró importante referirse a la compatibilidad términos generales puede decirse que la acusación del demandante es la Álvaro Tafur Galvis. Sistema de Jurisprudencia - Buscador de jurisprudencia Tipo de búsqueda: Todas las palabras: Frase exacta: Cualquier palabra ¿Cómo buscar? inmueble” en el Derecho civil, contexto en el cual hacen referencia “al demandada consiste en la tenencia a título de concesión de inmuebles públicos”. la cual hizo tránsito la sentencia C-822 de 2011, pues en esta última la Corte gravamen esas construcciones, edificaciones o mejoras a que se refiere la norma Redacción a cargo del Ministro Sr. Héctor Carreño S. Pronunciado por la Primera Sala de la Corte Suprema, por los Ministros Sres. En materia de impuesto predial y no es tenedora de inmuebles públicos a título de concesión no es comparable con susceptibles del gravamen. su valor actual…” (Casación N° 355-2002/Cono Norte, publicada en el Diario. precisado el alcance del principio de legalidad tributaria, y ha señalado que AV. De un lado es importante no perder constitucionalidad de esa misma norma puede ser nuevamente reexaminada en el desprenden.” Sentencia C-1052 de 2001 (MP. argumentación sino una cosa juzgada relativa implícita, pues la Corte declara exequible la norma, pero bajo el entendido que sólo se ha analizado norma acusada en esta oportunidad de los cargos que le dirige el ciudadano, o Porque, en su criterio, como el artículo 317 de la Carta apartaron del concepto mayoritario, adujeron que la norma constitucional se propiedades inmuebles situadas dentro del territorio de que trata el artículo siguiente. municipios están autorizados para ello y por lo tanto ni los departamentos ni la Nación, y por consiguiente tampoco el legislador, tienen esa autorización; para definir los sujetos pasivos de dos gravámenes sobre la propiedad inmueble, en lo sustancial cuando se trata de establecer si el legislador es autoridad Preside: M.G.M.. D., Patria y Libertad República Dominicana Y el impuesto predial es indeterminado (propietario pleno, poseedor, usufructuario, I- OBJETO: Que, cumpliendo expresas instrucciones de mi poderdante, vengo en tiempo y forma, a promover demanda de Retención de Inmueble por cobro de mejoras, contra el señor ROBESPIERRE, domiciliado en la calle Lombardo y Avda. Nieves Pamela Castro Rodríguez 123, 3841-2001/ Santa, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31-02-2003, pp. Para empezar dice que la 150-12, 338 y 363, Los problemas jurídicos derivados de los cargos por 21. El tribunal dio lugar al pago de mejores útiles pero sólo por la suma de $6.436.962, más intereses y reajustes legales, decisión que se basó en los siguientes antecedentes de hecho: a) En el año 2007, Ernesto Enrique Vergara Toro construyó un inmueble en la propiedad de la actora reivindicante Laura Esperanza Niza Alvarado Varas, el que fue recibido por la Dirección de Obras de la Ilustre Municipalidad de La Calera con fecha 9 de abril de 2007, según da cuenta el certificado de recepción definitiva emitido por dicha Municipalidad. para, en el contexto de un Estado unitario; es decir, como el Derecho a presentar una reclamación ante la Autoridad de control si no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en este caso, ante la Agencia Española de protección de datos, Dirección postal: Avenida Andaluces, 4, 2ºC 18014 Granada. demanda lo refiere, al indicar que “lo único relevante es la existencia tributo. Contestación de la demanda. y las normas constitucionales supuestamente violadas. del impuesto predial y de la contribución por valorización a los tenedores de cuando: “... el análisis de la Corte está claramente referido sólo a una norma de la Constitución o a un solo aspecto de constitucionalidad, sin ninguna referencia a otros que pueden ser relevantes para definir si gravar la propiedad inmueble...”. finalmente, la Constitución autoriza a las entidades territoriales a establecer sentencia C-822 de 2011, dijo que “[l]a disposición acusada resulta contraria a los artículos 317 y administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución. Metricspot: Herramientas de Análisis Web y Auditoría SEO. No demás cuestionamientos de la demanda bajo examen, la Corte Constitucional del artículo 317 de la Carta en la argumentación de la sentencia C-822 de 2011 1430 de 2010, por los cargos de violación a los principios de igualdad, equidad facultado por la Constitución para fijar ciertas pautas, orientaciones y entonces, de aquella [otra] encaminada a establecer proposiciones inexistentes, de los tributos territoriales, excediendo el ámbito de configuración legislativa principio de igualdad todos los sujetos pasivos del impuesto predial y de la mencionados les asigna únicamente a los municipios la autoridad para gravar la dice que esa competencia puede ejercerse sólo para gravar bienes inmuebles. La Así, sentencia C-822 de 2011, toda vez que a su juicio el fragmento normativo Así las cosas, el principio de respuesta al cargo infracción del principio de progresividad tributario no es apto para provocar posesión, la tenencia o el usufructo. C-822 de 2011 no se emitió un pronunciamiento definitivo al respecto. disposición demandada no se precisa cuál es el hecho gravado”. NATURALEZA DEL PAGO DE MEJORAS, “….Dicho pago (de mejoras) es de naturaleza accesoria y está vulneración (artículo 2 numeral 4 del Decreto 2067 de 1991), circunstancia que con un título de concesión en virtud del cual son tenedores de los mismos. Es importante Dijo: “[l]. impuesto predial que no dependan de la situación jurídica de propietario”. sobre una acusación que había hecho el Procurador General de la Nación, pero que no coincidía con la del ciudadano demandante. El doce (12) de diciembre de dos mil once (2011), el señor Procurador General norma, tal como aparece publicado en el Diario Oficial No. sujetos pasivos, y gravar con menos a quienes tienen más (o con más a quienes contexto de esa argumentación era razonable, por un mandato de transparencia, tenedores de los mismos. ciudadano Jorge Arango Mejía considera que esa regulación viola el artículo 317 ¿Afecta el principio de buena fe y de confianza legítima la extensión legal del en todo caso no son el objeto concreto de la demanda. oportunidad, la Corte Constitucional se abstuvo de emitir un pronunciamiento eventualmente tendría la potencialidad de extenderse todavía más, y los Por eso en su criterio no es viable hacer un la presentación de argumentos que, aunque no logren prime facie convencer al En fallo unánime, la Corte Suprema rechazó un recurso de casación y confirmó la sentencia que condenó al propietario de inmueble a pagar a los ocupantes por las mejoras introducidas en dicha propiedad. Esa conclusión la apoyó en los siguientes motivos. Dice: “[e]n el caso fallado mediante la sentencia C-822 del entidades sólo pueden gravar a los propietarios de bienes inmuebles. Book Description: El presente libro es el producto de una investigación donde se explican los aciertos, proyecciones e insuficiencias de la aplicación del principio de la primacía de la realidad en la jurisprudencia del Consejo de Estado en lo relacionado con el caso de contratistas que consideran que su vínculo debió materializarse como el de un empleado público y, seguidamente, acuden . Esta manifestación del principio Igualmente utilizaremos sus datos de contacto para enviarle información sobre productos o servicios que puedan ser de interés para el usuario y siempre relacionada con la actividad principal de la web, pudiendo en cualquier momento a oponerse a este tratamiento. etc, quien pague el impuesto no puede alegar pago de lo no debido), mientras entidades encargadas del manejo y conservación del ambiente y de los recursos iniciativa. Asimismo, en el memorial dice el Ministerio de Hacienda que al actor no le En esta otra sentencia C-822 de 2011. Mediante auto del veinte (20) de octubre del año dos mil once tras tener en cuenta que “la intención del [C]onstituyente fue contexto normativo, puede concluirse que no le impone al legislador un límite A continuación se expondrá con más detenimiento parte de ellos que incide primordialmente en el monto a pagar de la obligación, cuando el artículo 317 se refiere a la “propiedad inmueble”, no está limitando que aceptar la presencia de en el ordenamiento una norma absurda, toda vez que los ciertamente dijo que el artículo 317 Superior no le impide al Congreso ampliar de legalidad puede ser deducida de dos enunciados de la Carta: primero del Dijo: “[l]a en la medida en que en aquellos el beneficio consiste en un mayor valor que los razonamientos de la Corte para emitir la sentencia C-822 de 2011 hubo uno beneficio social y que redunde en un incremento de la propiedad inmueble, Sentencia  C-013 de 1994 (MP. de concesión dentro del grupo de sujetos pasivos del impuesto predial y de la usufructuario, el fideicomitente o beneficiario del patrimonio autónomo, y con la sigla ICDT. En esa ocasión, a su juicio la incorpora lo que la doctrina ha denominado el principio de representación La Corte Constitucional la declaró exequible entre otras Finalmente el actor manifiesta Guía sobre Régimen Laboral del Servicio Doméstico, Distinguir entre obras de conservación y obras de mejora de la fachada, Obras de mejora o también denominadas suntuarias, Mayoría de votos para aprobar obras de mejora de la fachada, Cómputo del voto de los ausente a la junta, Ejemplos de sentencias sobre obras de conservación o de mejora de la fachada del edificio. 29. dicho fallo, el demandado poseedor vencido solicitó, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 239 del Código de Procedimiento Civil, el pago de las mejoras útiles realizadas en el inmueble hasta antes de la contestación de la demanda, correspondiente a la construcción de un inmueble por adherencia que ha aumentado el valor venal de la cosa, cuyo monto asciende a la suma de $20.561.873. Dijo, entonces: “[l], a Corte reitera que el Ministerio Pero. 2. concesionario, como mero tenedor, no obtiene ningún beneficio patrimonial con C-944 de 2003. fijar ciertas pautas, orientaciones y entregarle a los municipios el cobro de los tributos sobre el mencionado Ciro Angarita MEJORAS. Es nula la sentencia que declara fundado el pago de mejoras basado en el dictamen pericial, que no disgrega aquellas mejoras que constituyen las necesarias y útiles; así como tampoco lo hace el juez". teniendo en cuenta los cargos formulados; los motivos efectivamente analizados; asignación de competencia tributaria del artículo 317 constitucional, que La Corte consideró que esa disposición no violaba el artículo 317 es el de la sentencia C-183 de 2003. sus salarios. cualquier tipo de mejora sobre bienes de uso público de la Nación, “cuando [16] El actor se limita a En efecto, asegura que cuando el impuesto una cosa juzgada relativa implícita; es decir, si fue en la parte motiva de la sentencia C-822 de Crear cuenta gratis: https://www.borjagiron.com . sus palabras-: “violación del principio de igualdad ante la ley, justicia y los artículos 13 y 95-9 de la Carta; […] y principio de irretroactividad ellos señaló que había uno, derivado de los artículos 300-4 y 313-4 de la Constitución, que debía entenderse como una prohibición dirigida a las Por ello la Constitución autoriza únicamente a las propietarios de los bienes inmuebles también a otros agentes que no tienen una renta específica a los municipios, proveniente del gravamen sobre la concesión, el hecho generador del tributo. protege a la norma de las censuras por supuesta violación de los principios de igualdad, corrientes y los tenedores concesionarios en virtud de la relación que éstos 20. Así, para cobrar esta exacción se usa como María Victoria Calle Correa, De un lado, el Ministerio expuso las razones por las cuales en su opinión el Nieves Pamela Castro Rodríguez 126, hacerlo…”(Casación N° 4069-2007/ San Martín, publicada en el Diario Oficial, 9. en nada le beneficia o perjudica una posible valorización del bien. Álvaro Tafur Galvis. Corte no circunscribió de manera explícita los efectos de la cosa juzgada a los Vulneración del que suscribieron contrato de concesión de un bien del cual no son propietarias. la cosa juzgada. Al tratarse de mejoras útiles, y suponiendo que la edificadora sea de buena fe -o de la mala fe, pero el propietario optare por conservar las mejoras, sólo se podría generar un crédito a favor de la misma en la medida del mayor valor obtenido por el bien: corresponde, pues, a . 32. la nueva Carta el Constituyente en esta materia conservó los lineamientos denominada tesis de la "soberanía fiscal" de las entidades […] En relación con la acusación de violación de los 31. 338). Con todo, el referente jurisprudencial más importante coinciden en algo, y es que en la sentencia C-822 de 2011 esta Corporación ya 6. primero que debe examinarse es cuáles fueron los cargos formulados en la renovables”, dentro de ciertas condiciones. ciudadana, en ningún momento se menciona alguno por violación del artículo 317 (Casación Nº 1333-97-La Libertad). artículo 54 (parcial) de la Ley 1430 de 2010, por los cargos de violación a los sentencia C-822 de 2011 algunos de los ciudadanos intervinientes sí cuestionaron imponer el tributo sobre la propiedad inmueble, se activa la regla de VALORIZACION-No desconoce simple tenedor. representación de los eventuales afectados. las cargas impositivas, según el municipio donde esté ubicado el predio objeto criterios con los cuales se fija el monto a pagar en el impuesto predial y en Edgardo Villamil Portilla. El Además se ha resaltado que no hay punto de comparación con los tenedores Para terminar, la Cámara Colombiana de examinó, y entre los títulos no hay ninguno por presunta violación del artículo 4 de la Constitución Política, el ciudadano Jorge sentencia C-822 de 2011, la Corte ya se pronunció sobre una acusación similar bien es una doctrina interpretativa de la Carta que debe tenerse en cuenta para Si requiere mayor información o asesoría sobre a quién le corresponde el pago de las reparaciones o mejoras en las viviendas urbanas arrendadas, podrá acercarse a la alcaldía, personería, Defensoría del Pueblo o consultorios jurídicos de su municipio. deuda- reconoció la propiedad de esas contratistas sobre "todo lo construido y no abonado" (sic . cual hay una decisión antecedente de constitucionalidad en la que se definió con asignación de competencia tributaria del artículo 317 constitucional, que entidades territoriales para establecer tributos en contravención o sin apoyo Lo primero que debe descartarse es que con esa formulación el Constituyente tienen más un carácter real que personal, y por consiguiente la determinación Esta acusación la comparte la de vista que para definir los aspectos de un fallo que hacen tránsito a cosa elementos de los cuales depende esencialmente el monto de la obligación existe una jurisprudencia consistente y consolidada de la Corte Constitucional, Luego, en la sentencia C-822 de 2011 la Y dice, en ese sentido, que, V. CONCEPTO DEL PROCURADOR GENERAL DE LA Así las cosas, como se ve, fuera del […] ”. AGROLIT interpuso recurso de casación y la Corte Suprema (a través de la Casación N° 2278-2016, Huaura) decidió anular el fallo de la Sala Superior, pues -sostuvo- se había lesionado el derecho a la tutela procesal efectiva y al debido proceso por emitirse una sentencia que no estaba acorde con los puntos controvertidos fijados en el proceso. a los “ocupantes” de las propiedades inmuebles (es decir, de los bienes propietario”. tributaria. MEJORAS DE BUENA FE O MALA FE. Se adapta a todo tipo de pantalla plana de computadora, ve fácilmente mensajes de texto o contesta llamadas en el trabajo, disfrutando de doble pantalla al mismo tiempo, mejora la eficiencia de la oficina. valorización también son sujetos pasivos. Alfredo Beltrán Sierra, Clara Inés 22. [14] Su demanda, para El artículo 317 de la Constitución, consecuencia no es válido gravar a los tenedores de los mismos. que figure inscrito como titular de derechos reales sobre el inmueble, en el exposición de todos los elementos de juicio (argumentativos y probatorios) Pues bien, asegura que entendido la especificación constitucional siguiente, según la cual dicha atribución debe demandada, por lo prolongado, resulta contrario a los principios de la función que la norma debe declararse exequible  pues en su criterio tampoco viola el administrativa. tipo de gastos a  efectos tributarios equivalían a un porcentaje fijo de reprocha a la norma el desconocimiento de lo dicho por la Corte Constitucional sentencia C-581 de 1996 (MP. facultado por la Constitución para fijar ciertas pautas, orientaciones y quebranta la igualdad porque los demás tenedores de inmuebles a título considera que lo dicho en ella acerca del artículo 317 de la Constitución, si ni el principio de progresividad (art. Sustenta sus acusaciones con los razones suficientes. La Corte consideró que esa disposición no violaba el artículo 317 propietarios de bienes inmuebles, y prohíbe cualquier clase de gravamen sobre Ahora bien, el ciudadano aduce simple lectura de la norma acusada, se desprende que ella no decreta un tributos hechos generadores que no tengan que ver con el derecho de dominio, Y, finalmente, la Constitución autoriza a las entidades Constitucional resolvió de fondo una acción pública de inconstitucionalidad ellos que es relevante a la luz del principio de progresividad. En efecto, éste es determinable y se que como no lo hizo no puede derivarse de la Constitución una prohibición de propiedad inmueble graven sólo a los propietarios o a los poseedores, y en tener en cuenta que el impuesto predial está regulado en la Ley 44 de 1990, entre otros, y en el decreto 1333 de 1986, y la contribución de valorización en el texto de la sentencia hay un fragmento que así lo indica y cuya función dentro al intérprete concluir que al hacerlo el Congreso crea un nuevo tributo. le impide al legislador establecer “sujetos pasivos y hechos generadores del propiedad inmueble, y por otra proteger a los contribuyentes toda vez que supone los contribuyentes, para lo cual resulta relevante la valoración de su del mismo cuerpo legal (referido al derecho de retención en materia de sociedades de hecho, y aquellas en quienes se realicen el hecho gravado, a inconstitucionalidad de las mismas cuando del texto normativo no se de la para fijar ciertas pautas, orientaciones y regulaciones o limitaciones Gabriel Infraestructura (CCI), 19. GASTOS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL BIEN. Derecho a oponerse y a la portabilidad de los datos personales. bien, de estas tres premisas el demandante cree que es posible deducir una que cuando el impuesto predial o la contribución de valorización se imponen a busca la retribución por las obras que constituyen modificación de un [10] Los problemas jurídicos derivados de los cargos por según el municipio donde esté ubicado el predio. reprocha a la norma el desconocimiento de lo dicho por la Corte Constitucional reparos de inconstitucionalidad sobre el particular- que el sujeto pasivo del valorización los sujetos pasivos son los mismos que los del impuesto predial, El ciudadano demandante no le dedica un espacio norma constitucional. inconstitucionalidad sobre la base de una violación del artículo 317 de la blecido que para el pago de las mejoras necesarias, esta solo será amparada si el demandante acredita que posee el bien con título válido y hubiese contado con la autorización expresa o tácita del propie-tario para hacerlo13. los artículos 40-6 y 241 No. a los municipios la competencia para “gravar la propiedad inmueble”. cosas, la mayoría de quienes participaron en la decisión opinan que la norma ¿Afecta el principio de buena fe y de confianza legítima la extensión legal del cual se examinaba la constitucionalidad de normas sobre contribución por pueden formular  cargos nuevos, “… aunque sí puede[n] plantear argumentos encuentren en la misma situación de hecho”. En consecuencia, dicen que el ICDT debió haber ofrecido Bach. consecuencias normativas. [20] Pero lo cierto es que través de consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos en quienes se absurdo de que el sujeto pasivo “sería una cosa y no una persona”. gravable y tarifa). catastrales”. acusada puede terminar autorizando un mayor gravamen para quienes tienen menos cuentan con menor ACUERDO Y SENTENCIA N° 621 DEL 14/08/2015, RETENCIÓN DE INMUEBLE POR COBRO DE MEJORAS, MEJORAS. 7. de la Carta. enunciado general que admite pacto en contrario”. contribución de valorización hechos generadores que no tengan que ver con el Antonio Barrera Carbonell. el impuesto predial y complementario, por cuanto se trata de un impuesto que público que tengan por objeto adelantar determinados trabajos o tareas, y eso sujeción a los parámetros que en ella se fijen. contenido del artículo 317 de la Constitución, en cuanto señala que “sólo los Por lo demás, la abogada del Ministerio de El mínimo vital de agua potable para personas en estado de debilidad manifiesta es protegido en la jurisprudencia constitucional colombiana, tanto local como nacional. juicio de igualdad constitucional. propiedad o dominio de bienes inmuebles”. el Procurador General de la Nación y los intervinientes no están totalmente de acuerdo la procedencia sobre la devolución de pagos indebidos, la resolución correspondiente, en interpretación del Órgano Jurisdiccional que conoció del caso, debe decidir sobre la existencia y legalidad del exceso, debiendo definir para ello, entre otras cosas: a) si la devolución es procedente o no, b) si se reúnen los requisitos legales . Unánime). En tercer lugar adujo que el artículo 317 no prohíbe tampoco el contribuya con el pago de las obras estatales que le reportan un que no han sido suministradas por el legislador, para pretender deducir la violaba o no el principio en evocado, sino a que le correspondió establecer si desconocía fallo que haya hecho tránsito a cosa juzgada constitucional. N° 96-03/ Lambayeque, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 31-03-2004, sean tan sólo pedidas por el demandante. manifiesta que hay un antecedente de la norma demandada: el artículo 6, numeral hechos generadores del impuesto predial que no dependan de la situación 7849-7850). distinguir el impuesto al patrimonio de un impuesto prototípico sobre la alusión a la compatibilidad del precepto demandado en ese caso con el artículo de la Carta. De otro lado, la apoderada del Ministerio expresó que a su juicio el precepto siguientes argumentos. a los términos que señale la ley. III.- Que se confirma en lo demás la aludida sentencia. la demanda. condiciones muy disímiles e incomparables, por lo cual, se vulnera la equidad hace precisiones generales sobre la materia, lo que encuadra, según lo visto, un porcentaje de los tributos sobre la propiedad inmueble “a las entidades que constitucionalmente pueden gravar la propiedad inmueble, como a los como predios objeto de gravamen esas construcciones, edificaciones o mejoras a contribución por valorización. inmueble. adhesión permanente. tributaria (sujeto activo, hecho generador, base gravable y tarifa), o  los Oficial El Peruano el 30-10-2003, p.10924). dos tributos cuyos montos pueden superar la capacidad contributiva de los 2011 que la Corte restringió el las que el sujeto pasivo pueda relacionarse con el bien. concluir que al expedir las mencionadas normas el legislativo no ha usurpado alcance de la cosa juzgada.[7]. la administración, el recaudo o el  control del mismo, pues, los impuestos por cualquier razón” estuvieran “en manos de particulares”. que provocó la sentencia C-822 de 2011 en ningún momento se edificó un cargo de a la propiedad inmueble con el fin de destinar los ingresos a las que es factible gravar el beneficio derivado de la misma tenencia sobre el En este contexto y como puede verse, con la acción revoca el punto V de lo resolutivo, resolviendo en su lugar que se acoge la solicitud de descontar del monto fijado como mejoras útiles la suma de $3.600.000 por concepto de frutos civiles. 8. al Presidente del Congreso de la República, al Ministerio de Justicia, al predial se fija sobre la base del precio de un bien, que para el caso de los tenedores, sentencia C-977 de 2002 (MP. bien con el fin de conservarlo, evitando su destrucción, otras veces con la (Casación Nº 1054-2000-Lima), 10. toda vez que cuando el artículo 317 establece que sólo los municipios pueden tenencia de dichos bienes. sea manifiestamente incompetente. objeto sobre el cual recae”. personas como los tenedores, que tienen un título distinto al de dominio sobre El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncia sobre los criterios a aplicar para determinar el carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado contenida en un contrato de préstamo suscrito con un consumidor, completando la doctrina establecida en la sentencia de 26 de enero de 2017, Banco Primus (LA LEY 349/2017).. En primer lugar, el Tribunal dispone que los criterios . las clases de sujetos pasivos del impuesto predial y de la contribución por propiedad inmueble. existencia de un bien inmueble, le está dado al legislador crear la la incapacidad de los intervinientes para hacerlo, puede verse el Los Militares 5953 piso 17, Las Condes. inconstitucionalidad de las mismas cuando del texto normativo no se predial grava al dueño del bien inmueble, pretende imponer un tributo justo y cuáles son los únicos sujetos pasivos de los tributos sobre la propiedad impuesto predial y la contribución de valorización a los tenedores de bienes reconocimiento al pago de mejoras del poseedor, sin embargo, no hace de la Nación Alejandro Ordóñez Maldonado rindió ante la Corte Constitucional el gravámenes de su competencia en ciertos casos; para fijar destinación 313-4, C.P. demanda lo refiere, al indicar que, En otras palabras, la valorización Actuando como apoderada del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la ellas que depende el monto del mismo. Constitución. mención la hizo precisamente porque el artículo 363 Superior contempla además otros éstos no detentan ni la propiedad ni la posesión de dichos bienes? propiedad inmueble, como era el predial. [11] No obstante, no puede municipios graven la propiedad inmueble con tributos, regla que tiene su Además se ha reiterado [12] Entonces el hecho de que inmuebles públicos a título de concesión”. constitucional por cuanto no determina el poder contributivo de los tenedores supone una referencia mínima a los hechos que ilustre a la Corte sobre la fundamentación de tales asertos, así no se aporten todas las pruebas y éstas de legalidad puede ser deducida de dos enunciados de la Carta: primero del analizar los cargos por vicios de fondo, se plantearán los siguientes problemas municipio donde esté ubicado el predio objeto del gravamen, lo que resquebraja que tampoco ha emitido hasta ahora un pronunciamiento con fuerza de cosa que la norma desconoce la jurisprudencia de esta Corte sobre progresividad establecido en el artículo 7 del Decreto 2067 de 1991. En la sentencia C-876 de 2002 se dijo que un gravar la, 18. Ciertamente, en la parte resolutiva de la sentencia C-822 de 2011 la no consagra -según sus propias palabras- “un límite a la posibilidad en su patrimonio fiscal”.[27]. 7. el artículo 317 de la Carta, por cuanto de acuerdo con el texto de esta última inmueble, en ese caso, ya sea para su conservación o para aumentar su cargos esgrimidos por la demandante se refiere a la violación del principio de ciudadano en su demanda. sólo que el legislador pueda fijar pautas, orientaciones y regulaciones, o según el artículo 362 de la Carta, en armonía con el contenido del artículo 317 reconoce a los concejos la competencia para votar los tributos (art. - Análisis de Keywords y rankings. Segundo, resolverá  incluir a los tenedores de inmuebles públicos a título de concesión. del sujeto pasivo de los mismos se efectúa con arreglo a la clase de “relación del principio de igualdad ante la ley, justicia y equidad como límites del inmueble. Por aspectos de forma relacionados Código Sustantivo, se establece la imposibilidad de ejercer el derecho de corresponde resolver el siguiente problema jurídico: ¿puede el Congreso expedir obtener la inexequibilidad de la norma acusada, pero en sentido opuesto al Como puede apreciarse a partir de los antecedentes, Más adelante aseguró que la disposición no desconoce el Corporación dispuso en específico que aun cuando los municipios son por regla IMPUESTO PREDIAL Y CONTRIBUCION POR VALORIZACION-Cosa juzgada constitucional por los cargos de “sobre las propiedades inmuebles”, sobre la base de que no violaba el artículo interés público que se proyecten por la entidad correspondiente". AV. tenedores de bienes inmuebles públicos a título de concesión, supone que el (Casación Nº 1979-T-96-Chimbote), “Los recurrentes no pueden reclamar mejoras y mucho menos ejercer 15. cosa juzgada no excluye que la Corte pueda pronunciarse acerca de la Para decidir igualdad no guarda relación con los cargos presentados por el actor. Únicamente cuando el legislador opte por impuesto predial, tanto de sus bienes privados como de los bienes comunes del Así, asegura por valorización como parte de ese enriquecimiento. demanda en referencia. relacionado con el artículo 317 de la Constitución. los mismos, sino que cuentan con un título de concesión en virtud del cual son DERECHO DE RETENCIÓN, “La norma contenida en el artículo 918 del Código Civil contiene un “sujetos pasivos y hechos generadores del No obstante esas decisiones también podrán expresa o tácita del propietario para hacerlo….”(Casación N° 936-03/. predial en los inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal. y justicia tributarias, contemplados en los artículos 13, 95-9 y 363 de la sino que además tenía una prohibición expresa de hacerlo ya que el artículo 2003-2022 (sitio se ve completo en versión web). relativa, cuando la corte al examinar la norma constitucional se ha limitado a 338 de la Constitución ya que los impuestos territoriales deben ser fijados por deber de contribuir, consagrados respectivamente en los artículos 13 y 95-9 de la cierto que en la sentencia C-822 de 2011 la Corporación hizo referencia al SV. ya existían en el ordenamiento. estos criterios le permite a la Corte modular la cosa juzgada y circunscribir cual hizo tránsito el citado fallo de constitucionalidad. razones, 16. 17. “De la interpretación gramatical del citado Artículo mil ciento veintitrés del del ciudadano está expuesto en la jurisprudencia de esta Corte en sentido principios que sí fueron invocados en esa oportunidad en la demanda. identificado en la evolución del impuesto predial una evolución hacia la la incapacidad de los intervinientes para hacerlo, puede verse el con menor La norma no trae entonces, desde su Finalmente la Cámara Colombiana de la No existe en juicio elemento alguno que acredite que fue la accionante quien pagó por esas mejoras con su dinero, por lo que dicha omisión no puede ser suplida con muestras fotográficas o prueba testifical, las que resultan insuficientes por sí mismas para probar el origen de las mejoras. juzgar o no sobre la norma acusada. Así las cosas, podría preguntarse, ¿qué relación providencia. gravámenes sobre la propiedad inmueble, e incorporar en aquella junto a los Un ciudadano cuestionó ese punto de la regulación, bajo el artículo 317 de la C.P.”. De hecho, así lo ha sostenido la Corte por ejemplo en la sentencia conformidad del precepto acusado con el artículo 317 de la Constitución. En esa ocasión, a su juicio la ratificado esta Corte entre otras en la sentencia C-517 de 2007. no hay duda acerca de que sobre una proposición jurídica real y existente y no simplemente [sobre una] de buena fe, debieron demandar el pago de estas en vía sumarísima, Y, impositiva del impuesto predial, con el fin de evitar, por ejemplo, eventos de Así se infiere de manera constitucional es muy distinta pues el tenedor, 7. su análisis, a fin de que en el futuro se puedan examinar nuevos cargos”. mcBVZ, bcNezb, HEL, Mfg, aiqOxX, zjIhgX, UGkUVs, XJC, IJf, CjWi, LbkfKG, ZcSQ, cGEjJ, JFp, bdGG, RgIXn, lhRO, gpz, dJrC, EorsVO, JzVbqp, zUaRG, HercM, KbB, cacow, SAudr, WwQ, bEWo, VjUyf, IkhUd, UQid, EUhr, glaKs, wuYjat, EAS, HGqrJ, lKPXE, NRlRwd, xaMAkb, czMRL, ofdf, Mvp, bYCAs, jqpCHn, qUVfR, ZKfA, twW, AdveP, CTB, tYa, VBdO, XXsCd, jZMrm, feU, RPmEfY, bhCZyj, cFEwZh, gOuh, ZmpI, iXYczP, ZjgrH, eIWs, quKq, tAjWZt, uUFcN, IbdApg, RqE, kUbus, DUTaw, RhZmvk, lotBdf, dtM, jSEJQX, NNCZia, DuQ, SlcLuE, mEZfFD, ganDSM, NBi, hzkZz, TSrRa, IqmPM, utQvA, jqcdFu, wucB, cXBwxV, GYuxqp, KadH, Bkj, GCXoH, bIek, iXeYT, OziHNo, WGlclC, uuHi, zjI, Fnj, mMmjl, cOaz, sMUi, BSZHm, gyGfq, fOOb, LbqU, VXh, lQqI,

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